La empresa debe apoderar a InBlock en su sede tributaria (en la de la AEAT o en la de la Hacienda Foral donde tenga su residencia fiscal). Este procedimiento es muy sencillo y se realizará una única vez (con independencia del número de contratos y entidades de Factoring con las que trabaje).
El apoderamiento a InBlock permite que la entidad de Factoring obtenga seguridad sobre la existencia de cada factura, comprobándola en el Suministro de Información Inmediata de la AEAT (para aquellas facturas cuya declaración sea obligatoria) o de los sistemas equivalentes en las Diputaciones Forales Vascas. Por tanto, es un mecanismo que incrementa la confianza entre el cliente-cedente y su entidad, mejorando la calidad de la relación de Factoring entre ambos.
Este trámite no tiene otras implicaciones y su vigencia esta limitada a un máximo de 5 años.