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APODERAMIENTO ELECTRÓNICO

¿Cómo apodero a Inblock?

La empresa debe apoderar a InBlock en su sede tributaria (en la de la AEAT o en la de la Hacienda Foral donde tenga su residencia fiscal). Este procedimiento es muy sencillo y se realizará una única vez (con independencia del número de contratos y entidades de Factoring con las que trabaje).

El apoderamiento a InBlock permite que la entidad de Factoring obtenga seguridad sobre la existencia de cada factura, comprobándola en el Suministro de Información Inmediata de la AEAT (para aquellas facturas cuya declaración sea obligatoria) o de los sistemas equivalentes en las Diputaciones Forales Vascas. Por tanto, es un mecanismo que incrementa la confianza entre el cliente-cedente y su entidad, mejorando la calidad de la relación de Factoring entre ambos.

Este trámite no tiene otras implicaciones y su vigencia esta limitada a un máximo de 5 años.

Apoderamiento en la AEAT*

*Los residentes fiscales en el País Vasco, deberán acceder a las sedes tributarias de cada Hacienda Foral.

Se trata de un trámite muy sencillo, que puedes realizar a través de dos vías:

Ruta A: Enlace directo al proceso de apoderamiento

Se completa en tres rápidos clics. Debes acceder a este enlace de la web de la AEAT y seleccionar el certificado digital de la persona autorizada de la empresa. Al entrar, verás el trámite preconfigurado a favor de Inblock. Haz clic en «Aceptar». En la siguiente pantalla, puedes modificar la duración del apoderamiento si lo deseas (por defecto son cinco años). Pulsa en «Firmar y enviar». Cuando veas la pantalla de confirmación, marca la casilla «Conforme» y pulsa en «Firmar y enviar» para finalizar el proceso de apoderamiento.

Si tienes instalado tu certificado digital en el móvil, escanéame

Ruta B: Apoderamiento desde la página de inicio de la web de la AEAT

Se trata de un proceso más largo, que se ofrece como opción alternativa a aquellos usuarios que no quieran acceder a través de un enlace. En este caso, necesitarás introducir el código de apoderamiento (G4172) y el CIF de Inblock (B70736053).

 

En estos vídeos puedes visualizar los pasos de cada una de las rutas:

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Ruta A: Apoderamiento desde enlace directo al proceso
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Ruta B: Apoderamiento desde página de inicio de la AEAT